





Presentación de mi Tesina en Polìtica y Derecho Internacional. Instituto de Estudios Polìticos y Relaciones Internacionales, Universidad Francisco Marroquìn, 1 de diciembre de 2,009.
"Muy buenas noches a todos los presentes.
Llega el momento de presentar a ustedes la tesina titulada “El Estado de Guatemala ante los Tribunales de Orden Internacional” previo a optar de mi parte al grado Académico de Magíster Artium en Política y Derecho Internacional.
Mi tesina surge como consecuencia del análisis realizado a lo largo de la Maestría sobre diversas sentencias dictadas en el orden internacional y en el cual el Estado de Guatemala fue demandado en materia de Derechos Humanos y Derecho Comunitario. La seria inquietud en mi persona se ha presentado al momento de apreciar la deficiente defensa y representación del Estado de Guatemala ante los diversos tribunales internacionales, lo cual ha llevado a cuestionarme lo siguiente ¿Quién representa al Estado de Guatemala ante los diversos Tribunales Internacionales?
En ese orden de ideas, la tesina se integra sobre la base de tres aspectos fundamentales, siendo el primero el análisis del “PROCESO TRANSNACIONAL”, el segundo, el análisis sobre los diversos “TRIBUNALES INTERNACIONALES” y el tercero, el análisis sobre “LA ACTUACION DEL ESTADO DE GUATEMALA ANTE LOS TRIBUNALES INTERNACIONALES”.
Es importante iniciar definiendo El “PROCESO TRANSNACIONAL” como:
“El Juicio que se realiza ante un Tribunal o Corte Internacional, en la cual intervienen como partes los diversos sujetos del Derecho Internacional, ejercitando derechos y persiguiendo el cumplimiento de obligaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en los diversos pactos, tratados, convenciones o convenios de carácter internacional”.
Es importante mencionar que “Los Estados son los sujetos Típicos del Derecho Internacional”, sin embargo en el Proceso Transnacional juega un papel importante, la figura de los “TRIBUNALES INTERNACIONALES”, quienes tienen a su cargo el desarrollo del proceso y el juzgamiento que trae aparejada la sentencia que pone fin al litigio, sin embargo para que dichos tribunales puedan intervenir, previamente se debe de aceptar la jurisdicción y competencia de parte de los Estados y con ello poder someterse al proceso transnacional.
Los principales tribunales internacionales que funcionan actualmente a nivel mundial son los siguientes:
1. En materia de Derecho Internacional Público
a. La Corte Internacional de Justicia (La Corte de la Haya)
2. En materia de Derecho Comunitario
a. Tribunal de Justicia de la Unión Europea
b. Tribunal de Cuentas Europeo;
c. Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio
d. Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur
e. La Corte Centroamericana de Justicia
3. En materia de Derechos Humanos
a. La Corte Europea de Derechos Humanos
b. La Corte Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos
c. La Corte Interamericana de Derechos Humanos
4. En Materia de Derecho del Mar
a. El tribunal de Derecho del Mar con sede en Hamburgo
5. En Materia de Derecho Aéreo
6. En Materia de Derecho Internacional Humanitario
a. La Corte Penal Internacional
b. Tribunales Penales Internacionales Especiales
7. En Materia de Arbitraje Internacional
a. La Corte Permanente de Arbitraje de la Haya
b. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
Relativas a Inversiones
c. Sistema de Solución de Controversias en la
Organización Mundial del Comercio
En ese orden de ideas, “La Actuación del Estado de Guatemala ante los Tribunales de Orden Internacional” se resume de la siguiente forma:
• El Estado de Guatemala como sujeto litigante ante los Tribunales Internacionales puede tener la calidad de Actor, Demandado y Tercero.
• La Representación del Estado de Guatemala ante los diversos Tribunales Internacionales la ejercita el Procurador General de la Nación por disposición Constitucional.
• El papel del Estado de Guatemala ante los Tribunales Internacionales es de orden Político y Jurídico.
Sin embargo ¿Cuál es la realidad del Estado de Guatemala frente a los Procesos Internacionales?
a. Deficiente Defensa Profesional.
b. Desconocimiento de los diversos Instrumentos y Procedimientos Internacionales.
c. Arrogación de Competencias de las entidades estatales: MRE, COPREDEH, etc. Violando la CPR.
Lo antes expuesto me ha llevado a las siguientes:
CONCLUSIONES:
En Relación a los Tribunales Internacionales:
• La Corte de Justicia Centroamericana o “Corte de Cartago”, fue el primer Tribunal de orden Internacional en el mundo, conoció en materia de Derecho Comunitario y Derechos Humanos, habiéndose fundado previamente a la Corte Internacional de Justicia de la Haya y años antes que diera inicio la integración europea;
• El Estado de Guatemala ha reconocido la Jurisdicción y Competencia:
Corte Internacional de Justicia, Tribunal del Mar
Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte Centroamericana de Justicia,
Corte Permanente de Arbitraje de la Haya, Centro Internacional de Arreglo de
Diferencias Relativas a Inversión (CIADI) (entidad que tiene relación con el
Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional)
Sistema de Solución de Controversias de la OMC
• Es necesario que el Congreso de la República proceda a ratificar “El Estatuto de Roma” con el objeto de que Guatemala pueda reconocer la Jurisdicción y Competencia de la “Corte Penal Internacional”
En relación a la Representación del Estado de Guatemala ante los Tribunales Internacionales:
• El Estado de Guatemala como sujeto de Derecho Internacional, tiene capacidad para ser sujeto procesal como actor, demandado y/o tercero en los litigios de orden transnacional, siempre y cuando se haya reconocido la jurisdicción y competencia del tribunal ante el cual se va a dirimir la controversia;
• Por disposición de la Constitución Política de la República, el Estado de Guatemala debe de ser representado ante las Cortes y Tribunales Internacionales por el Procurador General de la Nación;
En Relación a las Condenas Impuestas al Estado de Guatemala en los Procesos Transnacionales:
• La Defensa de los intereses de Guatemala en los procesos de orden transnacional, ha sido deficiente, lo que ha conllevado a que se dicten sentencias desfavorables al país en materia de Derechos Humanos y Derecho Comunitario;
• La falta de experiencia y de una adecuada preparación académica ha sido pieza fundamental en la precaria defensa del Estado en los procesos de orden Transnacional;
• El aspecto político juega un papel determinante en cuanto a la línea de defensa del Estado y derivado de las presiones internacionales y de la injerencia extranjera en asuntos internos, Guatemala ha tenido que adoptar medidas que riñen con la Constitución Política de la República y entorpecen la adecuada defensa y representación del Estado ante los Tribunales Internacionales;
Llega el momento de presentar a ustedes la tesina titulada “El Estado de Guatemala ante los Tribunales de Orden Internacional” previo a optar de mi parte al grado Académico de Magíster Artium en Política y Derecho Internacional.
Mi tesina surge como consecuencia del análisis realizado a lo largo de la Maestría sobre diversas sentencias dictadas en el orden internacional y en el cual el Estado de Guatemala fue demandado en materia de Derechos Humanos y Derecho Comunitario. La seria inquietud en mi persona se ha presentado al momento de apreciar la deficiente defensa y representación del Estado de Guatemala ante los diversos tribunales internacionales, lo cual ha llevado a cuestionarme lo siguiente ¿Quién representa al Estado de Guatemala ante los diversos Tribunales Internacionales?
En ese orden de ideas, la tesina se integra sobre la base de tres aspectos fundamentales, siendo el primero el análisis del “PROCESO TRANSNACIONAL”, el segundo, el análisis sobre los diversos “TRIBUNALES INTERNACIONALES” y el tercero, el análisis sobre “LA ACTUACION DEL ESTADO DE GUATEMALA ANTE LOS TRIBUNALES INTERNACIONALES”.
Es importante iniciar definiendo El “PROCESO TRANSNACIONAL” como:
“El Juicio que se realiza ante un Tribunal o Corte Internacional, en la cual intervienen como partes los diversos sujetos del Derecho Internacional, ejercitando derechos y persiguiendo el cumplimiento de obligaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en los diversos pactos, tratados, convenciones o convenios de carácter internacional”.
Es importante mencionar que “Los Estados son los sujetos Típicos del Derecho Internacional”, sin embargo en el Proceso Transnacional juega un papel importante, la figura de los “TRIBUNALES INTERNACIONALES”, quienes tienen a su cargo el desarrollo del proceso y el juzgamiento que trae aparejada la sentencia que pone fin al litigio, sin embargo para que dichos tribunales puedan intervenir, previamente se debe de aceptar la jurisdicción y competencia de parte de los Estados y con ello poder someterse al proceso transnacional.
Los principales tribunales internacionales que funcionan actualmente a nivel mundial son los siguientes:
1. En materia de Derecho Internacional Público
a. La Corte Internacional de Justicia (La Corte de la Haya)
2. En materia de Derecho Comunitario
a. Tribunal de Justicia de la Unión Europea
b. Tribunal de Cuentas Europeo;
c. Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio
d. Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur
e. La Corte Centroamericana de Justicia
3. En materia de Derechos Humanos
a. La Corte Europea de Derechos Humanos
b. La Corte Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos
c. La Corte Interamericana de Derechos Humanos
4. En Materia de Derecho del Mar
a. El tribunal de Derecho del Mar con sede en Hamburgo
5. En Materia de Derecho Aéreo
6. En Materia de Derecho Internacional Humanitario
a. La Corte Penal Internacional
b. Tribunales Penales Internacionales Especiales
7. En Materia de Arbitraje Internacional
a. La Corte Permanente de Arbitraje de la Haya
b. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
Relativas a Inversiones
c. Sistema de Solución de Controversias en la
Organización Mundial del Comercio
En ese orden de ideas, “La Actuación del Estado de Guatemala ante los Tribunales de Orden Internacional” se resume de la siguiente forma:
• El Estado de Guatemala como sujeto litigante ante los Tribunales Internacionales puede tener la calidad de Actor, Demandado y Tercero.
• La Representación del Estado de Guatemala ante los diversos Tribunales Internacionales la ejercita el Procurador General de la Nación por disposición Constitucional.
• El papel del Estado de Guatemala ante los Tribunales Internacionales es de orden Político y Jurídico.
Sin embargo ¿Cuál es la realidad del Estado de Guatemala frente a los Procesos Internacionales?
a. Deficiente Defensa Profesional.
b. Desconocimiento de los diversos Instrumentos y Procedimientos Internacionales.
c. Arrogación de Competencias de las entidades estatales: MRE, COPREDEH, etc. Violando la CPR.
Lo antes expuesto me ha llevado a las siguientes:
CONCLUSIONES:
En Relación a los Tribunales Internacionales:
• La Corte de Justicia Centroamericana o “Corte de Cartago”, fue el primer Tribunal de orden Internacional en el mundo, conoció en materia de Derecho Comunitario y Derechos Humanos, habiéndose fundado previamente a la Corte Internacional de Justicia de la Haya y años antes que diera inicio la integración europea;
• El Estado de Guatemala ha reconocido la Jurisdicción y Competencia:
Corte Internacional de Justicia, Tribunal del Mar
Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte Centroamericana de Justicia,
Corte Permanente de Arbitraje de la Haya, Centro Internacional de Arreglo de
Diferencias Relativas a Inversión (CIADI) (entidad que tiene relación con el
Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional)
Sistema de Solución de Controversias de la OMC
• Es necesario que el Congreso de la República proceda a ratificar “El Estatuto de Roma” con el objeto de que Guatemala pueda reconocer la Jurisdicción y Competencia de la “Corte Penal Internacional”
En relación a la Representación del Estado de Guatemala ante los Tribunales Internacionales:
• El Estado de Guatemala como sujeto de Derecho Internacional, tiene capacidad para ser sujeto procesal como actor, demandado y/o tercero en los litigios de orden transnacional, siempre y cuando se haya reconocido la jurisdicción y competencia del tribunal ante el cual se va a dirimir la controversia;
• Por disposición de la Constitución Política de la República, el Estado de Guatemala debe de ser representado ante las Cortes y Tribunales Internacionales por el Procurador General de la Nación;
En Relación a las Condenas Impuestas al Estado de Guatemala en los Procesos Transnacionales:
• La Defensa de los intereses de Guatemala en los procesos de orden transnacional, ha sido deficiente, lo que ha conllevado a que se dicten sentencias desfavorables al país en materia de Derechos Humanos y Derecho Comunitario;
• La falta de experiencia y de una adecuada preparación académica ha sido pieza fundamental en la precaria defensa del Estado en los procesos de orden Transnacional;
• El aspecto político juega un papel determinante en cuanto a la línea de defensa del Estado y derivado de las presiones internacionales y de la injerencia extranjera en asuntos internos, Guatemala ha tenido que adoptar medidas que riñen con la Constitución Política de la República y entorpecen la adecuada defensa y representación del Estado ante los Tribunales Internacionales;
Muchas Gracias".
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